jueves, 18 de diciembre de 2014

Antecedentes y génesis del ¿primer Carnaval del Toro?

Estaban Ciudad Rodrigo y los mirobrigenses para pocos dispendios en esta época. Se proyectaba en el vecindario, en toda la sociedad, las consecuencias de la contienda vivida en sus carnes por la ostentación de la Corona española tras la muerte sin descendencia de Carlos II, una guerra, la de Sucesión Española, que se extendió desde 1701 hasta 1713 y en la que Ciudad Rodrigo tuvo un protagonismo destacado, especialmente tras caer en manos de los partidarios del archiduque Carlos en mayo de 1706 y ser recuperada para la causa de Felipe V a principios de octubre de 1707. Los daños sufridos en la población fueron ostensibles, provocando de paso la modernización de un sistema defensivo que se había mostrado vulnerable por obsoleto, convirtiendo la bicoca de origen medieval en una fortificación abaluartada que se presentaría un siglo después como la úlcera sangrante de Napoleón en su afán imperialista.

            Esos esfuerzos por recuperar la normalidad, por modernizar las estructuras defensivas y levantar edificios arruinados también contaría con algunas alegrías, unas vías de escape en el oscuro panorama que estaban soportando los mirobrigenses tras la instauración de los Borbones en la Corona española.
Grabado de una capea en un pueblo con todas sus vicisitudes
     Y entre esos regocijos siempre aparecían los festejos taurinos buscando las excusas más peregrinas. Ciudad Rodrigo es tierra de toros, es parte de su esencia, como puede apreciarse al recurrir a su historia, a las fuentes documentales que la nutren. Pareciera que el alma de los mirobrigenses estuviera insuflada de un espíritu festivo vinculado, diríase que de forma insoslayable, a un cuerpo aguerrido, ducho en mil batallas, en lances de caída y superación, que siempre arrostra el presente y desafía al futuro sin renunciar al pasado, a las tradiciones, a las costumbres que idearon y forman la idiosincrasia mirobrigense.
            Esos resquicios, esas vías de escape han sido esenciales en la definición del acervo cultural de Ciudad Rodrigo, de sus habitantes. Y, sin obviar el castizo tópico de pan y toros, los mirobrigenses, como tantos pueblos españoles, han tenido apego a una tradición que durante siglos ha formado parte de la esencia de España y de aquellos territorios allende la geografía nacional en los que la cultura del toro ha tenido una determinante influencia, superando pragmáticas abolicionistas que incluso partían del estamento regio.
Corrida de toros en Benevente a principios del siglo XVI
            Sin embargo, y referencias seculares existen desde el medievo, han sido las familias reales las que con sus componendas han contribuido de forma sustancial al mantenimiento y proyección de los festejos taurinos. Las alegrías del rey –bodas, nacimientos, batallas libradas y ganadas, paces...- desembocaban en la organización de corridas de toros y novillos por toda la geografía peninsular cuando se contaba con presupuesto, aunque no solía escamotearse para estos regocijos. Son numerosos los apuntes que al respecto se encuentran en los libros de acuerdos, de cuentas o de la razón del Consistorio mirobrigense[1]. Prolijo sería enumerarlos en esta ocasión, ya que a ellos se unen también las referencias a los propios festejos taurinos que, por su cuenta y con disparatado y recriminado dispendio, organizaba el corregimiento de Ciudad Rodrigo, una jurisdicción que contaba con acuerdos expresos entre sus órganos de gestión para facilitar toros y novillos cuando la ocasión lo requiriera[2].
Grabado de una corrida de toros en la Plaza Mayor de Madrid
   Y, como se ha apuntado, aunque las circunstancias no eran nada favorables en estos inicios del siglo XVIII para la alegría desenfrenada, en donde tienen sitio propio los festejos taurinos, aparecieron luces que fueron devolviendo la identidad festiva a los mirobrigenses, olvidando la penuria acarreada por el conflicto bélico con que se abrió la centuria. Así, por ejemplo, según recogen los libros de acuerdos del Ayuntamiento, se presentó la ocasión para que en agosto de 1717, con motivo de la advocación mariana de la Asunción, se celebrase una corrida de toros, aprovechando que el obligado de las carnicerías debía seis toros y el efecto de yunterías cuatro, se acordó se haga y dispongan con dichos diez toros una corrida para el día diez y seis de agosto deste año y para ello a dichos señores [Isidro de Samaniego y Francisco Osorio, comisarios de fiestas] ajusten toreros, encierro de plaza y todo lo demás que se necesite[3].
José Delgado, Yllo, tras matar un toro
            No había otro motivo para celebrar este festejo que la propia tradición, ya que el entorno del 15 de agosto era costumbre correr toros en Ciudad Rodrigo, como ocurría en otras muchas fechas del santoral a las que los mirobrigenses tenían apego. Otra cosa es que la familia regia tuviera sus “alegrías”, que lógicamente había que compartirlas con el pueblo. En 1724, tras la abdicación de Felipe V en su primogénito Luis I, Ciudad Rodrigo se lanzó a festejar la coronación del más efímero de los reyes españoles, organizando una corrida con 15 toros[4]. Y poco después, ya en 1725 y para celebrar la paz alcanzada con la firma del tratado de Viena[5], continuarían los regocijos públicos: En consecuencia del gusto con que se alla esta Ziud de allarse efectuada la alianza con el señor emperador de que se espera se le siga gran felicidad a esta monarquía, se acordó que los caballeros presidentes de el mes estén con el señor gobernador suplicándole desa presidencia para que una destas próximas noches se dispare la artillería aziéndose pregonar aia luminarias, y asimismo los cavalleros comisarios de fiestas dispongan todo lo combeniente para que en la maior brevedad aya una corrida de toros...[6] Pero no había dinero suficiente para acometer con garantías los gastos que se preveían. Se necesitaban al menos dos mil ducados, cifra nada desdeñable, por lo que al Consistorio se le ocurrió recurrir al rey a través de su Supremo Consejo de Castilla para la correspondiente autorización que permitiera prorrogar la facultad por la que se regulaba la recaudación de los baldíos acotados y recaudar la cantidad requerida[7]. No tuvieron paciencia, no esperaron la respuesta del Consejo de Castilla porque no estaban dispuestos a dilatar la celebración, cuando ya todo el mundo estaba ansioso por disfrutar de la anunciada corrida de toros. Pusieron fecha, el dos de julio, dos días más o menos, encargando la adquisición de 10 toros y con el importe de ellos i el de los correspondientes a el de otros cuatro toros que se discurren prezisos para el coste de toreros, refrescos, enzierro de plaza i demás gastos indispensables se complete el presupuesto previsto[8], pero sin renunciar a las gestiones sobre los baldíos.
Otro grabado de un festejo taurino en la Plaza Mayor de Madrid
            Como se aprecia, la celebración de estos festejos y otros que hubo antes y después, no se acercan a las fechas de las carnestolendas. No había suficiente peculio en el erario municipal, por lo que los regocijos continuaban vinculados a motivos sobrevenidos, de fuerza mayor, a las alegrías del rey y sus allegados, para cuyos festejos había cierta dispensa. Ocurriría también en 1729, pero casi un mes antes de Carnaval –se celebró del 27 de febrero al 1 de marzo- y con motivo de las bodas del príncipe de Asturias, el futuro Fernando VI, con Bárbara de Braganza; y también las nupcias de la infanta Mariana Victoria de Borbón con el príncipe de Brasil, que reinaría como José I de Portugal. Ambos enlaces se celebraron a finales de enero y Ciudad Rodrigo los festejó en la primera semana de febrero recurriendo a la inveterada costumbre de correr varios novillos[9].
Con los antecedentes expuestos, los mirobrigenses afrontaron un trienio de ayuno taurino. Las circunstancias lo requerían. Seguía imperando a todos los niveles los imponderables sobrevenidos de la Guerra de Sucesión y sus dramáticas consecuencias. Cierto es que, como se ha visto, en algún momento de las tres primeras décadas del siglo XVIII se recurrió a la organización de festejos taurinos, vinculados en su mayor parte a las alegrías regias, rematadas en 1729 con la boda del futuro Fernando VI. Pero se carecía de ilusión, más bien de competencia presupuestaria, para volver a la inveterada costumbre de correr novillos, de recurrir al denso calendario festivo mirobrigense salpicado de festejos taurinos.
Francisco Romero, preparándose para la suerte suprema
   Pero todo tenía un límite. Aunque la situación fuese calamitosa, no se podía seguir ignorando una tradición secular. Había que adoptar una decisión vinculante y de la que quedase constancia para su respeto ulterior, pese a que las condiciones actuales no invitaban precisamente a ello. Y así, en la sesión corporativa del consistorio mirobrigense del 11 de febrero de 1732 se sientan las bases de lo que a la postre vendría a ser conocido como el Carnaval del Toro de Ciudad Rodrigo: Ablóse en este Ayuntamiento largamente en rrazón de aver pasado muchos años por la calamidad y contratiempos padezidos en la guerra sin que se ayan executado corridas de toros en esta Ziudad... Parecía, en virtud del enunciado, que no todo el mundo estaba de acuerdo con retomar la referida costumbre, o al menos dio pabilo al debate, a la exposición de pros y contras de los miembros de la corporación que presidía Bartolomé Antonio Valiente[10], licenciado y abogado de los Reales Consejos, a la sazón alcalde mayor y teniente de corregidor de Ciudad Rodrigo y su Tierra. Se evocó la tradición: antes de la última guerra se organizaba una corrida anual en cada un año, que era sufragada con el efecto que llaman de yunterías[11] por la localidad mirobrigense y los sexmos de su jurisdicción, en virtud de la concordia existente entre la Ciudad y su Tierra[12] y que, entre otros puntos, consideraba que anualmente se pagarían con ese impuesto varios toros destinados a los festejos rodericenses, acuerdo que se había renovado entre los dos estamentos en 1716.
Grabado en el que se representa el desjarrete de un toro
   Con ese festejo taurino anual no solo se ssigue la diverssión y regozijo común, como pudiera pensarse en una lectura superficial de la celebración de la corrida, sino que el consistorio mirobrigense tiene clara una mayor y evidente transcendencia, ya que es tamvién la utilidad y venefizio por las concurrencias en avastos públicos y otras consequencias favorables a la estimazón de la antigua observancia. Ante estos argumentos, de claustro pleno, se resolvió que desde el presente año en adelante se disponga y execute en los tiempos más oportunos la referida corrida de toros anual, pero con la condición de limitar los gastos y no efectuar dispendios que supusieran, de nuevo, reprimendas de la superioridad: debaxo de la precisa zircunstanzia de que por esta Ziud y su Ayuntamiento se a de correxir y moderar la práctica y estilo antiguo que avía de excesivos gastos en rrefrescos para las dhas funziones, porque estos solo se an de rreduzir a la más arreglada proporzión, de forma que el gasto se execute con el menos coste que sea posible, y que assí, llegado el tiempo, se les advierte y prevenga a los cavalleros comisarios que para las rreferidas funziones se nombrare[13].
Grabado representando la lidia de un toro en una plaza pública
            Con esos argumentos y ciñéndose a las pautas señaladas, se celebra inmediatamente el festejo taurino que el Consistorio vincula al Carnaval, aunque se celebró unos días antes si nos atenemos a la sesión de referencia en la que se dio cuenta del resultado de la corrida. No obstante, la intención era correr toros durante el desarrollo del antruejo y se evidencia en la propia letra del acuerdo adoptado el 21 de febrero de 1732: Acordose que los cavalleros comisarios que fueron para las ttres corridas de novillos que se ejecutaron en los tres días de domingo, lunes y martes de las próximas passadas carnes tolendas, libren en el efecto de ganancia de carnicerías todos los gastos que se han hecho para cerrar la plaza y recibiendo dos doblones que se mandaron dar a dos mozos forasteros que en dhas ttres corridas se ocuparon de sorttear los expressados novillos, y que la cantt.d que así libraren se haga buena en dho efecto de carnicería.
Preparativos para la corrida
 Se trata, pues, del primer Carnaval del Toro que se ha concretado y acreditado, hasta el momento, en la documentación obrante en el archivo municipal de Ciudad Rodrigo. Era evidente también que el acuerdo adoptado tenía una proyección en el tiempo y que se quería limitar a la celebración de una corrida anual, aspecto que resultó incumplido ese mismo año de 1732, ya que a principios de junio se estaba organizando otro festejo que, no obstante, consideraba el Consistorio que realmente se trataba de la expresada corrida anual que debía ofrecerse a los vecinos[14] o, tal vez con dotes visionarias, estaba convencido de que las tropas españolas saldrían victoriosas en su pretensión de recuperar la plaza de Orán –la reconquista se fraguó entre el 15 de junio y el 2 de julio- y había avanzado en los preparativos. Lógicamente no pudo ser así por la dificultad de las comunicaciones, ya que un día después de partir la expedición del duque de Montemar desde el puerto de Alicante, los regidores mirobrigenses tomaban el acuerdo de que la corrida de toros que esttá detterminada el presentte año se haga y efecttúe el lunes día veintte y uno del mes de junio[15] próximo siguientte y que para ello los caualleros comisarios se hagan las prebenciones y disposiciones necesarias, specialmte la de que los toreros sean promttos para el expresado día.
Un caballero preparado para alancear un toro
            En efecto, la corrida sería el día 21... pero de julio. Y ahí no acabarían las celebraciones, puesto que en la sesión de esa misma jornada, solo acabar el festejo taurino, los representantes de la Ciudad y su Tierra se mostraron unánimes en el deseo y exfuerzo de que se continúe la zelebridad de funciones públicas para regozijo del pueblo en memoria del feliz suceso de la toma de Orán y sus casttillos. Los capitulares, al respecto, informan de que varios vecinos de Ciudad Rodrigo habían manifestado su propósito de celebrar otra corrida de toros, por lo que si dejaban a disposición de ellos los tablados que se hallauan formados para la corrida del presentte día, enttregarían mill y ochozos rs y cien rs más para la carne y cuero de cada uno de los toros qe la ciudad gusttase de comprar para dha segunda corrida. No cabía duda, todos estaban de acuerdo, regidores y sexmeros, en continuar con la fiesta. Se admitió la propuesta de los vecinos y se resolvió fijar la expresada corrida de ocho o nuebe toros para el día lunes, onze del próximo mes de agosto[16], con la preuenzon y disposición de luminarias y fuegos para regozijo del pueblo y qe las canttidades de mrs que además de lo que dieren y entregaren dhos vecinos para tablados y toros se supla y pague de el productto de la presentte administrazon de renttas rs, que corren por mittad a cargo de Ciudad y Tierra, con papelettas de los caualleros comisarios que para ello se nombraron[17].
Capea en un pueblo con un toro embolado
Fue un acontecimiento sobrevenido, otra de tantas alegrías del rey que trocaron en celebraciones, algo que había sido habitual en los siglos anteriores y que en la centuria del XVIII había estado demasiado constreñida hasta el momento, con las excepciones señaladas.

[1] AHMCR. Caja 1177.0.0, Libro de cuentas de propios y yunterías. 1590-1630. Al respecto, y solo para apoyar este supuesto, señalamos algunas referencias de finales del siglo XVI y principios del XVII:
- 1589. “Pago a Francisco de la Carrera, vezino de esta ciudad, de tres toros que vendió para las fiestas de Sant Juan”.
- 1595. “Ytem se le rreçiben y passan en quenta seis myll maravedís que hubo de aver de quattro toros que esta çiudad tiene por quenta de yunterías para correr en sus rregoçixos, a rraçón de myll e quinientos maravedís por no aber muerto ninguno de los dichos toros, conforme el asiento con que sse rresçibió por mayordomo, como pareçe por el dicho asiento signado de Francisco Gabilán, scrivano del Ayuntamyento desta çiudad, de que doi fee”.
- 17-4-1595 (propios). “Ytem sse le haçe cargo [al mayordomo] que cobró de el dicho Xpóval dePárraga nueve mill maravedís de un toro que sse da de allegas a la dicha rentta conforme a la costumbre inmemorial con qe se arrienda” [la renta del Peso].
“Ytem se le haçe cargo de ttres mill noveçientos y quarenta y quattro maravedís que cobró de Graviel Gutiérrez, administtrador que fue de la carniçería el año pasado de noventta y quattro, de dos toros que se habían corrido y sse pesaron por la dicha çiudad como paresçió por el libro de resulttas y memoria que para haçer cargo el dicho mayordomo se vio”.
“Ytem se haçe cargo de ochenta y ocho reales que cobró de Antonio Rodríguez, veçino desta çiudad, de un toro que se bendió a prados veçinos del Açebo que abía dos años que andaba perdido por sse aver salido de un rregocixo, que subasta dicha ciudad…”
También hay un descargo de 4.500 maravedís “de ttres toros que la çiudad corrió no murieron”.
- 15-3-1596. Yunterías: se hace cargo a Hernán Gómez de 54.000 maravedís de seis toros. Cargo: dos toros a Domingo Quadrado, sexmero (lo mismo que el resto de los años en cuanto a toros y rentas).
- 1601. Toros: 20.000 maravedís a Miguel Caballero, vecino de El Payo, por dos toros para San Juan. 9.500 maravedís por un toro a Juan Mateos, de El Payo, también por San Juan. 10.000 maravedís por 1 toro de San Juan a Gaspar Vázquez, regidor. Y 8.000 maravedís por un toro a Xptóval de Grijota, de Ciudad Rodrigo, para San Juan.
- 1601. -3.000 maravedís a Juan de Caraveo y Juan Guiral, regidores comisarios de las fiestas por “aver ydo çinco días a la jurón a comprar toros para las fiestas de Sant Juan…”
- 9.000 maravedís a Miguel Sánchez, vecino de La Aceñuela, por un toro para las fiestas de San Juan.
- 9.000 maravedís a Lorenzo Navarro, clérigo, por otro toro para San Juan.
- 20.000 maravedís por dos toros  para las fiestas de Santiago.
- 10.200 maravedís a Domingo Sánchez, de Villoria, por un toro para la fiesta de Nuestra Señora de Agosto.
- 10.000 maravedís a Domingo Sánchez, de Tenebrón, por un toro para las fiestas de Santiago.
Y así, innumerables apuntes ceñidos a siglos anteriores y posteriores que es menester ahora queden relegados para otros ámbitos, para otros estudios complementarios al que se urde.
[2] AHMCR. Caja 165.10.0 Real ejecutoria a favor de esta ciudad en el pleito sobre la separación del efecto que llaman de yunterías. (1716). En la relación de salarios del personal vinculado a los gastos del concejo se afirma que “al que pone las ttalanqueras se le da de salario cada año seis mill y settecienttos maravedís” (es un memorando que recoge todos los instrumentos utilizados hasta el momento en el litigio de las yunterías).  Se hace una aclaración de la concordia de 20 de mayo de 1560 referida a los dos toros que debe aportar la Tierra: “Primeramente, en lo que toca al capíttulo diez y seis que declara que los seis ttoros que anda con las yunterías, que la Ciudad corra los quattro e los dos el provecho dello lo lleve la Ttierra para lo que bien vistto le fuere; en quantto a estte capíttulo decimos que la Ttierra de la dicha Ciudad a de llevar los dichos dos ttoros entteros a beintte ducados por cada uno dellos qual más quisieren para ayuda de sus necesidades; e que si en las condiciones del remate de la dicha rrentta de yunterías se subiese o bajase el precio de los dichos toros que se montare en el balor de los de de ellos lo lleve la Ttierra, sin que en ello se le ponga ympedimentto alguno en que el mayordomo de la dicha Ciudad que al presentte es o fuere de aquí adelantte les acuda con ello e que con su cartta de pago se le rreciva e pase en quentta de su cargo, sin otra dilijencia alguna”.
[3] AHMCR. Libro de acuerdos de 1717, de 30 de junio.
[4] Ibídem. Libro de acuerdos de 1724, de 23 de febrero: “Habiéndose tratado en rrazón de continuar los festejos a la aclamazon de nro rrei y sr Dn Luis, primero deste nombre, se acordó por la Ciud de consentimiento de dhos sesmeros qe para el mes de maio de este año se disponga una corrida de toros, y para ello se saquen de los efectos de yuntterías el importe y valor de quinze toros, los zinco para gastos y los diez para la expresada corrida y después de muertos an de quedar los zinco a disposición de la Ciud y los otros zinco a la de dhos sesmeros…”
[5] El tratado de Viena de 1725 fue el acuerdo firmado en dicha ciudad el 30 de abril de 1725 por los representantes de Carlos VI, del Sacro Imperio Romano Germánico, y de Felipe V de España, por el que el primero renunciaba definitivamente a sus aspiraciones al trono de la monarquía de España mantenidas tras la firma de los tratados de Utrecht-Rastatt de 1713-1714 que pusieron fin a Guerra de Sucesión Española, mientras que Felipe V reconocía la soberanía de Carlos VI sobre los territorios de Italia y de los Países Bajos que antes de la guerra habían pertenecido a la monarquía hispánica.
[6] Ibídem. Libro de acuerdos de 1725, de 29 de mayo.
[7] Ibídem. Acuerdo del 1 de junio de 1725: “En considerazon de lo acordado acerca de disponer corrida de toros en esta Ziud con la brevedad posible y otros festejos públicos en zelebridad de las notiçias comunicadas por el Exmo señor presidente de Castilla de horden de S. Md en razón de la paz con el Sor emperador i no tener esta Ziud propios ni efectos algunos de que suplir los gastos, se acordó se ocurra a S. Md i Supremo Consejo de Castilla en solizitud de que se conzeda prorogazon de la facultad de los baldíos acotados de que usa esta Ziud asta en la cantidad de dos mill ducados que se consideran por prezisos para la dha celebridad”. Se encomienda la gestión a Luis de Miranda, “capitular desta ziudad que se alla en la Corte”.
[8] Ibídem. Acuerdo del 6 de junio: “Tratose largamte por la Ziud y sesmeros en razón de que con el maior abrevio se ejecuten demostraziones i festejos públicos en zelebridad de las notizias azerca de la paz confirmada entre S. Mgt i el Sor emperador i sin embargo de lo acordado en solicitud de la pretensión azerca de la prorogazon de el arbitrio de baldíos acotados asta en la cantidad de dos mill ducados, que se consideran prezisos para el gasto de corrida de toros i otros festejos, se acordó con asistenzia de los dhos sesmeros que por no dilatarse tan justo regozijo, se dispongan una corrida de toros para el día dos de julio desde preste año, dos días más o menos, disponiendo la compra los cavalleros comisarios de diez toros, quedando el despojo de los cinco toros muertos a disposizon de los dhos sesmeros i los otros zinco a disposizon de la Ziud, excepto las pieles de todos los dhos diez toros, i que el importe de ellos i el de los correspondientes a el de otros quatro toros que se discurren prezisos para el coste de toreros, refrescos, enzierro de plaza i demás gastos yndispensables, se saque de el efecto de yunterías i se continúe la solizitud de la prorrogazon de baldíos acotados para el remplazo de  el referido gasto”.
[9] Ibídem. Libro de acuerdos de 1729, de 14 de febrero: “Acordose se agan buenos a Franco Díaz Morán, mayordomo de los propios de estta Ziud, trescenttos y tres Rs y seis mrs de vón que de orden de ella se an gasttado y convertido en estta manera: zientto y setenta rs en los jornales de zerrar la plaza pública de ellas para las funziones de novillos que se corrieron la semana pasada, luminarias y otros gastos en regozijo a la celebridad de los Rs Casamtos…”
[10] El Ayuntamiento estaba integrado, además del alcalde mayor, por  los regidores Francisco Guerra Merino, preeminente; Francisco Agustín del Águila Osorio, teniente de alférez mayor; y Melchor de Miranda del Águila, Manuel Joseph Zenteno de Contreras, Bernardino Jerónimo Guzmán, Isidoro Quadrado, Nicolás Martínez, Isidro Samaniego y Manuel de Marra y Larea.
[11] Efecto de yunterías según la concordia entre Ciudad Rodrigo y su Tierra sellada el 20 de mayo de 1560. AHMCR, Caja 165.10.0; Real ejecutoria a favor de esta ciudad en el pleito sobre la separación del efecto que llaman de yunterías, de 1716: “Que es de cada labrador que coge ocho fanegas de pan de cualquiera semilla a de pagar ocho zelemines de trigo y una fanega de cebada, o se ha de convertir en cosa concerniente a la Ciudad y Tierra conforme a las ejecutorias y concordia que dello hay”.
[12] Ibídem.
[13] AHMCR. Libro de acuerdos de 1732, de 11 de febrero.
[14] Ibídem, sesión del 11 de junio: : “Acordose que los sores Dn Franco del Ágla y Dn Franco Guerra, comisarios de fiestas, libren por sus papelettas las porciones y cantidad que se fuesen necesitando para los gastos de la corrida de toros que ha de hauer en el pressentte año, y que los baia pagando Diego Hz Sierra por quentta de la mittad de ganancias que ttocaron a estta Ciudad en la admon de renttas del quatrenio anttezte…”
[15] En la siguiente sesión ya se indica que en realidad será la corrida en el mes de julio, el día 21.
[16] Ibídem. Libro de acuerdos de 1733, sesión del 4 de noviembre. Se hace referencia a la deuda que todavía se mantenía respecto al desarrollo de este festejo y se se acuerda que, de los efectos de la administración de rentas reales y de la cuenta de ganancias, se “entregue y pague a Pedro Ramos, vecino de estta ciud, mil tresztos y veinte y un rreas y veintte y siette mrs que por rrelación justta y aprovada en estte aiuntamto se resultan deviendo para cumplir el gastto que se hizo en la corrida de ttoros que se ejecuttó el día honce de agto del año próximo passado”.
[17] Ibídem, sesión del 21 de julio de 1732. 

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Gracias por participar en esta página.