viernes, 27 de marzo de 2015

Exclaustración, desarmotización y nuevos usos del convento de Santo Domingo (I)

La presencia dominica en Ciudad Rodrigo estaba a punto extinguirse. Si la ruina definía la situación de la casa conventual tras el protagonismo directo e indirecto que tuvo durante los sitios de la guerra de la Independencia, ahora se iba a enfrentar al “inmenso latrocinio” que, según Marcelino Menéndez Pelayo, suponía la ejecución del decreto de desamortización de los bienes raíces de los conventos de religiosos y la posterior exclaustración de los conventos de frailes y reduciendo sustancialmente los de monjas.

Juan de Dios Álvarez Mendizábal, ministro de la regente María Cristina de Borbón, fue el promotor de estas iniciativas. La ley de Mendizábal se cimentaba, principalmente, en la desamortización de los bienes del clero regular y del clero secular. Su primera acción fue suprimir la Inquisición y la Compañía de Jesús, que había vuelto a ser admitida el 29 de mayo de 1815, y adjudicar todos sus bienes a la extinción de la deuda pública. En julio de 1835, se promulga un decreto suprimiendo los conventos y monasterios religiosos que no tuvieran, como mínimo, doce individuos profesos, y aplica sus bienes a saldar la deuda pública. En marzo de 1836, suprime todos los conventos y monasterios de religiosos varones, y destina sus patrimonios a pagar la deuda pública, señalando una pensión diaria a los religiosos de las instituciones suprimidas. La venta se debía realizar en pública subasta.
Restos del convento de Santo Domingo, conservando parte de la cerca, en torno a los años veinte del pasado siglo. Pazos

Cualquier español o extranjero podía pedir la tasación oficial y la inmediata subasta de una o de varias fincas. El pago debía hacerse en títulos de deuda consolidados o en dinero efectivo. La quinta parte del valor de la finca había de hacerse efectivo antes del otorgamiento de la escritura. Los otros cuatro quintos habían de abonarse en plazos anuales durante los ocho años siguientes, si se optaba por el pago en títulos; o en 16 plazos, si el pago se hacía en efectivo. Los títulos se reconocían por su valor nominal. Las fincas quedaban hipotecadas como garantía de pago.
La desamortización de los bienes del clero secular no se inició hasta septiembre de 1841. Los beneficiarios de la ley de Mendizábal no podían ser otros que los capitalistas, tenedores de los títulos de la deuda y capaces de comprarlos en el mercado, y la burguesía adinerada de provincias, que invirtió su dinero en la tierra a través de operaciones fabulosamente lucrativas. Asimismo, las instituciones públicas tuvieron la oportunidad de quedarse con las propiedades eclesiásticas para darle usos sociales.
En Ciudad Rodrigo, casi de un plumazo, “desaparecieron en un día los históricos conventos, con todos sus habitantes, de San Francisco, Santo Domingo, San Agustín, premostratenses, agustinas de Santa Cruz y Franciscas Descalzas –éstas continuarían en su convento hasta 1869, fecha en que el Estado se incautó del edificio y ellas fueron trasladadas al de Santa Clara-, que, sin hacer daño a nadie, daban a la ciudad vida, carácter, esplendor, enseñanza y algunos de ellos cuantiosas limosnas”.
Estas palabras del canónigo Hernández Vegas dejan de manifiesto la relevancia que llegaron a tener las órdenes religiosas en Ciudad Rodrigo. Entre ellas, el monasterio de Santo Domingo, extramuros, que tras la exclaustración de los monjes en 1836, el edificio fue entregado el 10 de octubre de 1842 al Ayuntamiento. Las tierras que formaban parte del convento, entre ellas el Corral de la Portería, la Corraleja y la Capitana, fueron adquiridas en pública subasta por el presbítero Juan Muñoz, que mantuvo litigios con el Consistorio por la pretensión de éste de administrar alguna de esas propiedades.
Cañería del Árbol Gordo y al fondo el convento de Santo Domingo

Las ruinas del convento, no obstante, fueron ocupadas durante años por familias menesterosas que, de alguna manera, mantuvieron las estructuras provechosas para su causa, aunque la mayoría del conjunto arquitectónico conventual había sucumbido tras los episodios bélicos que protagonizó. Incluso, la iglesia, que ocupaba prácticamente todo lo que hoy es plaza de Santo Domingo y que, posiblemente, esté soterrada alguna de sus partes bajo la ampliación de la casa-cuartel de la Guardia Civil proyectada en 1966 y ejecutada al año siguiente, la iglesia, decimos, fue destruida parcialmente para colocar una batería de defensa tras la reconquista de la plaza de armas en 1812.
El Ayuntamiento de Ciudad Rodrigo, con la cesión de los restos del convento de Santo Domingo en la mano, inicia los trámites para darle un destino. Así, el 11 de enero de 1843, tras confirmar la Junta Superior de Bienes Nacionales la donación de los restos conventuales, el Consistorio decide ubicar allí unas escuelas para la formación de los niños del arrabal de San Francisco. Para ello nombra al maestro albañil Pedro Álvarez Santos con el fin de que haga un reconocimiento del edificio y fije un presupuesto para su adaptación al fin social requerido. Un mes después, el albañil informa al Ayuntamiento de que no puede ofrecer fiador, pero expone sus condiciones económicas para llevar a cabo la obra, sin que las actas capitulares recojan ni las condiciones ni el presupuesto para la obra en cuestión.
Las gestiones iniciadas por el Consistorio para buscar fondos con los que construir las escuelas graduadas encuentran respuesta positiva en la Diputación Provincial de Salamanca, según consta en un oficio conocido el uno de marzo de 1843 en el que se aprueba el presupuesto para levantar en las dependencias del exconvento unas escuelas de instrucción primaria.

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